El juez encargado del Registro Civil de Dénia (Alicante) rechazó la solicitud de un matrimonio de mujeres para inscribir a nombre de ambas el hijo que dio a luz una de ellas, al no certificar que fue concebido tras un proceso de reproducción asistida.
Así consta en un auto del juez, de fecha 22 de agosto, en la que el juez concluye que el niño "únicamente" debe figurar en el registro Civil con el nombre de la madre gestante, al no haber acreditado la otra miembro de la pareja que haya sido engendrado como consecuencia de las técnicas de reproducción asistida. INFOLIBRE
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