viernes, 28 de octubre de 2016

MENORES Y MALTRATO ANIMAL: Internan a los menores que grababan torturas a animales y lo subían a la red

Un grupo de cinco menores han sido detenidos por la Policía Nacional tras torturar animales en granjas y difundir posteriormente los vídeos en las redes sociales, así como en distintos grupos de Whatsapp. Están acusados de supuestos delitos de maltrato animal agravado, daños y robo con fuerza.
Las investigaciones se iniciaron a principios del mes de octubre, tras darse cuenta la Policía de que en las redes circulaban vídeos en los que aparecían jóvenes torturando cerdos y cabras. Se percataron de que estos chicos se colaban en distintas fincas de la localidad de Molina de Segura, en Murcia, para maltratar hasta la muerte a estos animales.
Los cinco menores estaban bien organizados (planeaban sus hazañas a través de un grupo de Whatsapp). Uno de ellos se dedicaba a grabar las macabras imágenes y los otros a mutilar a los animales. ESTRELLA DIGITAL

jueves, 27 de octubre de 2016

Una juez impone a una lactante un régimen compartido de visitas

La hija de Carolina Z. cumplirá un año en las próximas semanas y lo hará con un gran cambio en su vida. La menor toma una media de cuatro veces al día leche del pecho de su madre, además de otros alimentos, ya que necesita ganar peso y no hay nada mejor para una buena nutrición como la lactancia materna, según recomienda la Organización Mundial de la Salud (OMS). Pero la alimentación de la lactante sufrirá una importante alteración a causa del régimen de visitas impuesto por el Juzgado de Primera Instancia de Mataró dentro de las medidas provisionales establecidas en la demanda de divorcio de sus padres. Pese a dictaminarse que la guarda y custodia de la niña corresponde a la madre, la magistrada indicó que la potestad es de los dos: varios días a la semana durante el periodo de guardería y durante las vacaciones, la menor debe dormir en casa de su padre, lo que impedirá que se alimente de leche materna como hasta ahora. EL MUNDO

Diez motivos para el cierre de los CIE

Cuando un debate se estanca, se anquilosa, y con pocas variaciones, como un oleaje perenne, se repite insistentemente cada cierto tiempo, denota la existencia de un problema estructural que probablemente no se está sabiendo afrontar por alguna o por todas las partes. La existencia de los CIE, por un lado quienes aducen su necesidad o conveniencia y adecuación a nuestro ordenamiento jurídico frente a quienes rechazan de plano su existencia misma, resulta uno de estos debates que desde 1985, fecha de entrada en vigor de la vieja Ley de Extranjería que los creó, sigue esas pautas. INFOLIBRE

miércoles, 26 de octubre de 2016

Condenado un padre por llamar “gorda” y “vaga” a su hija en su fiesta de cumpleaños

La Audiencia de Valencia confirmó la condena de 20 días de trabajos en beneficio de la comunidad que un juzgado de Sagunto impuso a un padre por llamar "gorda" y "vaga" a su hija menor de edad durante la fiesta de cumpleaños de la niña, en presencia de sus amigos, según informó Europa Press.

El juzgado de Instrucción 2 de Sagunto condenó al progenitor a 20 días de trabajos en beneficio de la comunidad por un delito leve de injurias al considerar acreditada su voluntad de menospreciar a la menor por "el dolor con el que ésta narraba los hechos", y que acabó confesando al pediatra al que le llevó la madre –en proceso de divorcio del padre– ya que la niña presentaba vómitos y problemas intestinales.

Ahora, la sala confirmó esa sentencia y establece esa condenaen lugar de una eventual multa "que pueda perjudicar la obligación de alimentos impuesta en el ámbito civil al progenitor".

Los hechos sucedieron en febrero de 2015 en la celebración del cumpleaños de la niña en casa del padre, en proceso de divorcio. Los asistentes a la fiesta le regalaron ropa y el condenado dijo delante de los invitados que "no le iba a entrar, que tenía mucha celulitis y que estaba gorda".INFOLIBRE

lunes, 24 de octubre de 2016

La Audiencia tumba una multa de tres millones de Industria a Endesa e Iberdrola por la central nuclear Vandellós II

La sala de lo contencioso administrativo de la Audiencia Nacional dio la razón a Iberdrola y anuló una sanción de 3 millones de euros impuesta en 2014 por el Ministerio de Industria a esta empresa y a Endesa por la gestión de la central nuclear Vandellós II.

Europa Press publiqca que, en concreto, la Audiencia estimó un recurso de Iberdrola contra la orden ministerial del 25 de septiembre de 2014 en el que se resuelve un expediente sancionador contra los titulares de Vandellós II mediante la imposición de una multa de 3 millones. Endesa, con un 72%, e Iberdrola, con un 28%, son los propietarios de la instalación. INFOLIBRE

DIRECCIÓN GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO: Los hijos de los padres desheredados pierden el derecho a cobrar 'la legítima'

La Dirección General de los Registros y del Notariado ha dictado resolución en fecha 1 de septiembre de 2016 en la que se establece que no resulta aplicable la previsión contenida en el artículo 857 del Código Civil, que permite que los hijos o descendientes del desheredado ocupen su lugar y conserven los derechos de herederos forzosos respecto a la legítima, en el supuesto de desheredación de los ascendientes, pues éstos no pueden considerarse incluidos en el concepto “desheredado” que recoge dicho precepto. ESTRELLA DIGITAL

domingo, 23 de octubre de 2016

REGISTRO CIVIL: Un juez rechaza inscribir al hijo de una pareja de mujeres a nombre de ambas por no acreditar la reproducción asistida

El juez encargado del Registro Civil de Dénia (Alicante) rechazó la solicitud de un matrimonio de mujeres para inscribir a nombre de ambas el hijo que dio a luz una de ellas, al no certificar que fue concebido tras un proceso de reproducción asistida.

Así consta en un auto del juez, de fecha 22 de agosto, en la que el juez concluye que el niño "únicamente" debe figurar en el registro Civil con el nombre de la madre gestante, al no haber acreditado la otra miembro de la pareja que haya sido engendrado como consecuencia de las técnicas de reproducción asistida. INFOLIBRE

MALTRATO ANIMAL: Investigado el director de la reserva donde aparecieron bisontes decapitados

La Guardia Civil ha imputado un presunto delito de maltrato animal al gerente y director técnico de la reserva de Valdeserrillas, en Benagéber (Valencia), donde hace un mes aparecieron decapitados dos bisontes y otros ejemplares de la manada enfermaron.

Según han indicado fuentes de la investigación, está previsto que el responsable de la reserva declare la semana que viene como investigado (antes imputado) por presunto maltrato animal, ya que al parecer los animales no eran alimentados. ESTRELLA DIGITAL

jueves, 20 de octubre de 2016

Una vecina de 88 años de Granollers, desahuciada por el impago de un recibo de basura

Agentes judiciales ejecutaron finalmente esta semana el desahucio de una vecina de Granollers de 88 años. La medida responde a la orden dictada hace unos meses por el Tribunal Supremo que atendía a la petición de la propiedad de la vivienda de resolver el contrato de alquiler a raíz del impago de un recibo de basura del año 2011, con un importe de 106 euros. LA VANGUARDIA

Los partidos de la oposición se comprometen a impulsar una ley que proteja al denunciante de corrupción

La plataforma ha desarrollado un anteproyecto de ley que cuenta con el respaldo de todos los grupos parlamentarios que este martes acudieron a la cita en el Congreso de los Diputados. El texto se basa en los principios de tolerancia cero al acoso laboral, de respeto a la dignidad personal, de confidencialidad y de celeridad, en base a los cuales se busca proteger "a todos los empleados públicos y/o denunciantes de corrupción dentro de la Administración Pública, así como a testigos de la Fiscalía Anticorrupción y la Unidad Central Operativa (UCO)".

Los principales objetivos de la iniciativa radican en una protección que garantice el mantenimiento de un puesto de trabajo en la administración del denunciante, que además tendrá que ser respaldado mediante un servicio de asistencia jurídica, psicológica y médica. Además, se contempla la creación de un Observatorio de la Corrupción erigido sobre cinco pillares. En primer lugar, la protección de la información a través de un "servidor de datos soberano" que proteja la información filtrada, seguido por una compensación a quienes realizan dicha comunicación "con unos ingresos que les permitan" cubrir sus necesidades básicas mientras estén abiertos los procedimientos judiciales derivados. Además, deberá contemplan una protección legal para el denunciante, que habitualmente "se convierte en un enemigo del Estado". 

En cuarto lugar, apuestan por esquivar la censura mediante la publicación de los datos y análisis al respecto en un sitio web totalmente protegido. Finalmente, el incumplimiento de la ley de protección al denunciante de corrupción estaría penada con unasanción económica a través del Tribunal General de la Unión Europea, además de la inhabilitación para cargo público y una multa a los directivos y políticos que no cumplan la normativa. INFOLIBRE

martes, 18 de octubre de 2016

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID: Archivada una pieza del caso Rato al haber prescrito

La Audiencia Provincial de Madrid ha decidido archivar una pieza separada de la investigación sobre el patrimonio del exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato porque los hechos que se le atribuyen han prescrito, según el auto publicado hoy.

El pasado 4 de julio Rato solicitó el archivo parcial de la investigación sobre su patrimonio al sostener que se basaba en hechos falsos, ya que se le atribuía la propiedad de una empresa que no era suya y se le acusaba de un supuesto delito fiscal que, de haberse cometido, ya estaría prescrito.

El auto de la Audiencia Provincial de Madrid estima no sólo que el delito, "de haberse cometido", habría prescrito, sino que no tiene relación con la pieza principal, la que investiga el origen de la fortuna de Rato.

"No está conexa", indica el documento, por lo que "resulta innecesario" el análisis del resto de argumentos.
Se trataba de una pieza separada sobre la empresa COR, abierta en abril por el instructor del caso, y surgida a raíz de documentación incautada de forma ilegal durante el registro de su despacho, y por la que se le atribuía un presunto fraude fiscal de 179.458 euros en el ejercicio 2009. ESTRELLA DIGITAL

lunes, 17 de octubre de 2016

El CGPJ detecta casos en los que el maltrato habitual no supone ni agravamiento del riesgo ni medidas de protección

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha detectado casos de mujeres asesinadas a manos de sus parejas que no solamente habían denunciado previamente a sus agresores sino que incluso lo habían hecho en varias ocasiones o habían manifestado en su denuncia sufrir "maltrato habitual", sin que ello implicara un agravamiento del nivel de riesgo valorado o la adopción de medidas de protección, informa Europa Press.

En el último análisis publicado por el Observatorio contra la Violencia de Género del órgano judicial, que estudia en detalle los casos de las mujeres asesinadas en 2014 en crímenes de violencia de género, se señala que un tercio de las mujeres asesinadas a manos de sus parejas (18 de un total de 54) habían denunciado previamente al agresor. INFOLIBRE

domingo, 16 de octubre de 2016

"The Resurrection Club"

Amnistía Internacional denuncia un aumento del 50 por ciento de la pena de muerte en 2015, cuando fueron ejecutadas 1.634 personas, y exige su eliminación a través del cortometraje "The Resurrection Club", presentado hoy en el Día Internacional contra la Pena de Muerte.
El corto, dirigido por Álvaro Corcuera y Guillermo Abril (producido por La Claqueta), cuenta la historia de cuatro hombres que tras pasar varios años en el corredor de la muerte en Estados Unidos por crímenes que no habían cometido, fueron declarados inocentes y quedaron en libertad. LA VANGUARDIA

sábado, 15 de octubre de 2016

Un juzgado declara “abusivo” y “usurario” el interés de las tarjetas de Financiera El Corte Inglés

La titular del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Fuenlabrada, Marta Iturrioz, declaró el pasado mes de junio "abusivos" y "usureros" los intereses de mora que cobra Financiera El Corte Inglés a los clientes de sus trajetas. Según la información publicada por El Confidencial, fue la propia Financiera la que denunció a uno de sus clientes que había utilizado su tarjeta para hacer unas compras y que posteriormente no pudo hacer frente a la deuda (unos 2.000 euros), por lo que la distribuidora refinanció automáticamente esa deuda con un interés de mora del 18%.

En lugar de rechazar la demanda, Iturrioz requirió a ambas partes para contemplar la posible nulidad de la claúsula de los intereses ordinarios al 18%. La defensa del cliente argumentó que dicha claúsusla "de aplicación unilateral" era "abusiva", por lo que, basándose en la normativa europea al respecto, solicitó la declaración de nulidad de la misma y su exclusión del contrato.  INFOLIBRE

La Inspección del Banco de España advirtió que BFA-Bankia era inviable antes de salir a bolsa. Afirma que Bankia tenía un gobierno "mejorable” y con unos gestores “desacreditados ante el mercado por su marcado perfil político"

Los cuatro correos electrónicos que remitió el inspector del Banco de España José Antonio Casaus a su superior y que han sido incorporados a la causa Bankia que investiga la Audiencia Nacional cuestionan la viabilidad de la entidad nacionalizada por sus “muy graves y crecientes problemas de rentabilidad” y advierten sobre las consecuencias de lasalida a Bolsa, que se produjo apenas dos meses después de estas conclusiones. 
El equipo del entonces gobernador del Banco de EspañaMiguel Ángel Fernández Ordóñez, ignoró la advertencia y terminó apoyando la polémica salida a Bolsa que según se denunció posteriormente se realizó tras haber falseado las cuentas. LA VANGUARDIA

viernes, 14 de octubre de 2016

La justicia declara ilegal un Parador gallego construido en un castillo del siglo XII. Un tribunal anula la licencia del hotel que promovió la Xunta en Monterrei pese a las protestas de vecinos y expertos en patrimonio

El fallo dictamina que el permiso concedido por el Ayuntamiento de Monterrei, gobernado por el PP con mayoría absoluta desde hace 30 años, a la Axencia de Turismo de Galicia, un organismo dependiente del Gobierno de Alberto Núñez Feijóo, incumplió el plan urbanístico del municipio al exceder ampliamente el tope de edificabilidad. La normativa local establecía en este Bien de Interés Cultural una superficie máxima edificable de 300 metros cuadrados y un máximo de 10 habitaciones, mientras que la licencia autorizó más de 2.000 metros cuadrados edificables y 12 dormitorios.
El recinto medieval, que perteneció a la Casa de Alba y que es uno de los mejor conservados de Galicia, fue transformado en Parador de Turismo por la Xunta pese al dictamen en contra del Consello da Cultura Galega, un organismo asesor de la Administración autonómica. El informe de los expertos en patrimonio incidió en que a 400 metros del castillo se alza el Parador de Verín, una infraestructura hotelera que sobrevive a duras penas debido a la falta de clientes, y abogó por impulsar un plan de viabilidad para este parador ya existente y rehabilitar el castillo como “incentivo turístico-cultural y complemento del espacio hotelero”. Sus recomendaciones fueron ignoradas por la Xunta. EL PAÍS

Condenado por portar una foto con el lema "Director imprudente dimisión inminente"

El director general de una empresa de fabricación y distribución de productos de aire acondicionado, formuló demanda contra uno de los trabajadores de la empresa por vulneración de sus derechos fundamentales a la propia imagen y al honor, con motivo de haber circulado el demandado con el vehículo de su propiedad portando en el cristal una fotografía del actor tamaño folio, a cuyo pie podía leerse la expresión “director imprudente dimisión inminente”.
Por estos hechos, el Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles condenó al trabajador a indemnizar al director general con la suma de 500 euros, así como a publicar a su costa la sentencia en un diario de la localidad de Móstoles.
Frente a esta resolución, formuló el demandado recurso de súplica, apelando  a la prevalencia de la libertad de expresión sobre el derecho al honor y a la propia imagen, amparándose en la huelga general indefinida convocada en fecha 5 de mayo de 2015 por parte del comité de empresa; por entender que la publicación de la sentencia supone una vulneración al derecho a la intimidad del afectado, y, por último, por entender que la sanción impuesta es arbitraria, no justificada y carente de motivación.
La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid declara probado que el demandado realizó tal conducta en el recinto de la empresa y fuera de él, no solamente durante los días correspondientes a la huelga comunicada, sino también durante aquéllos que ya estaba incorporado a su trabajo, no pudiendo escudarse el trabajador en la existencia de tal situación de conflicto, ni en que durante el tiempo en que duró su conducta nadie le pidiera que retirase el cartel de su vehículo, entendiendo, que dicha conducta fue totalmente innecesaria y ajena a los propósitos y fines de la huelga convocada, y que excede de la libertad de expresión y supone una vulneración al derecho al honor y a la propia imagen del demandante. ESTRELLA DIGITAL

El 70% de las mujeres víctimas de la violencia machista convivían con su asesino

Es una de las principales conclusiones del Informe del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que recuerda que ese año fallecieron 66 personas por esta lacra, de las que 54 eran mujeres (las mismas que en 2013), cuatro menores y ocho hombres. ESTRELLA DIGITAL

miércoles, 12 de octubre de 2016

Una abuela consigue la custodia de su nieta después de que mataran a su hija por violencia machista. La hermana del presunto asesino, madrina de la pequeña, también reclama a la pequeña de cuatro años

“Es hija de mi hija, el mismo cordón umbilical. Es una alegría tenerla en casa”. Así de contenta suspira, al fin, Maruja Cuenca, de 63 años. Ha sufrido dos años de angustia y dolor hasta conseguir, de forma cautelar, la custodia de su nieta Mari Carmen de 4 años. Su calvario se inició en 2014, cuando su hija murió asesinada a manos de su pareja en Orihuela (Alicante), víctima de la violencia machista. El presunto asesino está en prisión preventiva a la espera de la condena judicial (él presunto asesino ya ha confesado los hechos). Maruja, dolida por la pérdida de su hija, se hizo cargo de su nieta. Lo que no sabía es que esto iniciaría un segundo via crucis: la única familia del presunto asesino, la tía y madrina de la niña, también la reclamó. Así se inició una larga batalla judicial que hoy está a la espera de sentencia firme.
Tras el asesinato de Yolanda Aniorte, oriolana de 37 años, la Conselleria de Bienestar Social entregó en agosto como “tutela automática y acogimiento provisional” a Mari Carmen a su abuela Maruja por“desamparo de urgencia”. Era la decisión lógica. Sin embargo, la tía de la niña, María Carmen Martínez, también quería la custodia, a quien se la dieron en noviembre por considerar “no idónea” a Maruja. Los Servicios Sociales la recogieron en la misma puerta del colegio para entregarla a su madrina. Solo cinco días después, el juzgado estimó suspender esa resolución y devolver a la menor con su abuela. LA VANGUARDIA

lunes, 10 de octubre de 2016

DÍA MUNDIAL CONTRA LA PENA DE MUERTE

A pesar de la tendencia mundial hacia la abolición, recientemente varios Estados, pensando en garantizar su seguridad y la de su población, han hecho uso de la pena de muerte como pena máxima en respuesta a los ataques terroristas que afectan a su país. Durante la última década, Bangladesh, India, Nigeria, Túnez y otros han adoptado leyes que amplían el campo de acción de la pena de muerte, sumando algunos actos terroristas en la lista de delitos sancionables con la pena de muerte. 
Más recientemente, después de varios años de moratoria, Pakistán y Chad reanudaron las ejecuciones en nombre de la lucha contra el terrorismo. 

La pena de muerte en la práctica

104 países  abolieron la pena capital para todos los crímenes;
6 países  abolieron la pena de muerte para todos los crímenes ordinarios;
30 países  son abolicionistas en la práctica;
58 países y territorios son retencionistas;
25 países llevaron a cabo ejecuciones  en 2015;
En 2015, la gran mayoría de las ejecuciones fueron llevadas a cabo en 5 países: Arabia Saudita, China, Estados Unidos, Irán y Paquistán
       65 países y territorios mantienen la pena de muerte por terrorismo de los cuales :
 -   16 países son abolicionistas en la práctica ; y
 -   1 país es abolicionista en derecho para los crimenes de derecho común.
Para mas información sobre la pena de muerte en el mundo : consulte los datos y cifrassobre la pena de muerte en 2016 WORLDCOALITION.ORG

sábado, 8 de octubre de 2016

¿Criminalización del analfabetismo funcional?

"Se denomina analfabetismo funcional a la incapacidad de un individuo para utilizar su capacidad de lecturaescritura y cálculo de forma eficiente en las situaciones habituales de la vida. Se diferencia del analfabetismo en sentido estricto en que éste supone la incapacidad absoluta de leer o escribir frases sencillas en cualquier idioma". 

Se pone de manifiesto el falso compromiso ético de determinadas entidades quienes aparentemente movidas por razones sociales deciden en un momento dado "posibilitar" el acceso de un grupo de personas en circunstancias económicas complicadas (y puede también que personales y sociales),  a ciertas "ventajas", (en este caso, el acceso a un alquiler social con el que los denunciados dispuestos a pagar lo que pudieran con sus ingresos, pretendían regularizar su situación incapaces, al mismo tiempo, sin tan siquiera un mero interlocutor, de hacer llegar su solicitud, de expresarla, de transmitirla), a través, no obstante, de innumerables requisitos, aportación de documentos y complejos formularios, cuando lo que realmente están haciendo es condenar al ostracismo a sectores determinados de la población, no sabemos si extensos o no, pero sí, auténticos necesitados de protección y a los que por pertenencia a un determinado colectivo, por una razón o por otra, no se quiere ayudar. 


Como recoge la sentencia de 27 de mayo de 2016, recurrida posteriormente en apelación del Juzgado de Instrucción 3, antes Mixto 7 de Alcalá de Henares,y confirmada finalmente por la Sección 15ª de la Audiencia Provincial de Madrid: "Por su parte, el denunciado también reconoce que vive allí con sus hijos menores, no tiene ingresos, casi no sabe leer ni escribir por eso no ha podido ponerse en contacto con la denunciante porque le dan una página web y no tiene acceso a internet"..."los denunciados están actuando por un estado de necesidad acreditado por la inexistencia de medios reflejados en sus declaraciones, en la falta de herramientas para poder salir de esa situación o de regularizarla puesto que frente a la entidad bancaria son dos personas cuasianalfabetas, con dificultades para leer y escribir, ni tan siquiera comprendieron adecuadamente los motivos por los que se produjo la suspensión de la vista previa, se ha aportado documentación acreditativa de que la niña está escolarizada y que ellos perciben la renta mínima de inserción"

Se pone de relieve la "instrumentalización" del procedimiento penal para la obtención de una satisfacción jurídica saltándose la realidad del individuo, y obviando el proceso previo que les ha llevado a judicializar el conflicto, y a judicializarlo penalmente. Merece la pena reflexionar si ambas partes, en este caso, denunciante y denunciado han hecho "todo" lo que estaba en su mano para evitar el resultado que finalmente la entidad financiera trata de eliminar a golpe de Código Penal y si estas denuncias penales  son verdaderamente eficaces para poner fin a una conducta que no debería producirse y si la Administración debiera implicarse un poco más para no dar lugar a situaciones como ésta.

La Sección 15ª de la Audiencia Provincial de Madrid en procedimiento de apelación por juicio por delito leve en un caso de usurpación, señala en su sentencia de 7 de septiembre de 2016 por la cuál desestima el recurso interpuesto por entidad bancaria, al que se adhirió el Ministerio Fiscal, el siguiente razonamiento:  "Pero ninguna duda cabe que la sentencia examina la declaración prestada por los acusados, la cual toma en consideración, poniéndola en relación con la documental aportada y con las circunstancias de los mismos, no sólo económicas sino la condición de analfabetismo funcional percibida directamente en los acusados mediante el principio de inmediación, periféricamente corroborada por el hecho de que ni tan siquiera comprendieran adecuadamente los motivos por los que se había producido la suspensión de una vista previa. Entendiendo la juzgadora a quo que el supuesto de autos no puede tener reproche penal sino que debe ser derivado hacia la vía civil que la recurrente puede utilizar. Aplica pues al caso no sólo un prisma de visión propio del examen de la concurrencia de estado de necesidad exculpante -que no se asume- sino del principio de subsidiaridad y última ratio que informa el Derecho penal, cuya consecuencia y la existencia dentro de la esfera civil de un cauce adecuado para la dilucidación del caso, impone, como lógica consecuencia, una aplicación restrictiva y estricta de la norma penal supuesto concreto examinado.

Ninguna indefensión efectiva ha ocasionado la sentencia dictada en la instancia a la parte recurrente, cuya motivación razonada ha podido impugnar -y la ha impugnado- mediante el pormenorizado escrito en el que ha formalizado su recurso. Procede pues la desestimación de dicho motivo de impugnación".

Círculo Abogacía

viernes, 7 de octubre de 2016

Audiencia Provincial de Madrid: Condenados a más de un año de prisión por encerrar a su hija por mal comportamiento

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a penas de hasta un año y cuatro meses de prisión, a dos padres que encerraron a su hija menor de edad en una habitación de su casa en Parla (Madrid) durante dos días por su mal comportamiento y colocaron un candado en la puerta para evitar que saliera.
En su sentencia, la Sección Cuarta de la Audiencia condena al padre como autor de un delito de detención ilegal (art. 163.1 y 2 del Código Penal) y otro de violencia en el ámbito familiar (art. 153,2 y 3 del Código Penal) a un año y cuatro meses de cárcel, y a la madre a un año de prisión por el primero de los delitos. La Fiscalía pedía para ambos hasta seis años de cárcel. CONFILEGAL

“Estamos inundados de delitos de sexting”, según el fiscal de menores de Barcelona

El fiscal de menores especializado en criminalidad informática de Barcelona, Pablo Borjabad, ha avisado este jueves de la gran presencia en su servicio de delitos de ‘sexting‘, de difusión de fotografías íntimas de un menor por otro menor sin consentimiento: “Estamos inundados de delitos de ‘sexting”, ha lamentado.
En la I Jornada sobre ciberdelincuencia y cibervictimización organizadas por la Universitat Internacional de Catalunya (UIC), ha explicado que los delitos que más cometen los jóvenes de entre 14 y 17 años son las amenazas y coacciones, tal y como recoge el informe de cibercriminalidad del Ministerio del Interior de 2015, y ha dicho que ante esto existe una “gran preocupación”. CONFILEGAL

El Colegio de Abogados de Madrid recurrirá la sanción impuesta por la CNMC

El Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) recurrirá la multa impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), al entender que “en España hay libertad de precios en el mercado de servicios jurídicos, sin que los Colegios influyan directa o indirectamente en los mismos”.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sancionó al Colegio de Abogados de Madrid y al de Alcalá de Henares con 459.024 y 25.264 euros, respectivamente, por haber hecho recomendaciones de precios mínimos a sus asociados a través de la publicación de unos supuestos criterios orientativos, algo contrario al artículo 1 de Ley 15/2007 de 3 de julio de Defensa de la Competencia. CONFILEGAL

Reclama la herencia de su padre y el juez se la niega por no tener trabajo

El juez no creyó ni la más mínima palabra de la hija, a quien acusó de "rizar el rizo" contando esta historia. El magistrado dijo que le parecía muy "exagerada" la supuesta buena relación que mantenían padre e hija y que, por tanto, Danielle no tenía ningún derecho moral sobre el dinero de su progenitor. "Mi conclusión es que no tener un buen trabajo es un estilo de vida, y la buena relación entre ambos no es suficiente para admitir la demanda", profirió David en el veredicto en la Corte Central de Londres. EL CONFIDENCIAL

Las vacaciones de un juez estancan la investigación del triple crimen de Usera

La burocracia judicial ha retrasado sustancialmente el esclarecimiento del triple crimen de Usera que tuvo lugar el pasado 22 de junio en el mencionado barrio madrileño. Tres personas aparecieron muertas a golpes en el despacho de abogados dirigido por el letrado peruano Víctor Joel Salas y en pocos días la Policía apuntó al móvil pasional. Tras investigar el teléfono móvil del propietario del bufete, los agentes descubrieron la relación sentimental que este mantenía con una mujer en Alemania, donde viajaba de vez en cuando a mantener esporádicos encuentros.EL CONFIDENCIAL

ACOSO ESCOLAR: Investigados varios menores por una grave agresión a una niña en un colegio de Palma

El suceso también está siendo investigado por dos inspectores de la Consejería de Educación, que intenta determinar si se trata de un caso de bullying. La consejera de Asuntos Sociales, Fina Santiago, ha condenado este acto "absolutamente inaceptable y sin excusa". Santiago ha avanzado que el Ejecutivo regional trabaja en propuestas de mejora del protocolo de convivencia y ha anunciado que el Instituto por la Convivencia y el Éxito Escolar, que depende de la consejería, se pondrá en contacto con los familiares de la agredida. EL PAÍS

DE 2 A 5 AÑOS DE CÁRCEL. Deporte, sexo y redes sociales, una mala combinación

Los últimos en salir al rodeo mediático del sexo y las redes sociales han sido Sergi Enrich y Antonio Luna. Los dos jugadores del Éibar han aparecido en una grabación mientras mantenían relaciones sexuales con una joven de San Sebastián. Uno de los futbolistas difundió el contenido de la misma en un grupo de whatsapp que compartía con algunos amigos. Al final, el vídeo se ha convertido en un fenómeno viral. Ahora, el delantero y el de zaguero se pueden enfrentar a una pena de hasta cinco años de cárcel por violar el artículo 197.1 y 197.3 del Código Penal y a una indemnización millonaria.
“El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses”. Así reza el artículo 197.1 del Código Penal español. ESTRELLA DIGITAL