miércoles, 18 de marzo de 2015

El Ayuntamiento de Madrid no podrá nombrar como personal eventual ninguna persona que comparta parentesco con ellos, hasta el cuarto grado de consanguinidad

"El Ayuntamiento de Madrid no podrá nombrar como personal eventual a las personas que en el momento de su nombramiento tengan "un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable, así como parentesco de consanguinidad o de afinidad dentro del cuarto grado, con cualquier concejal".
Se trata de la principal novedad que recoge la modificación del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid que se está tramitando. Surge como consecuencia de la intervención de la alcaldesa, Ana Botella, en la sesión plenaria del pasado 30 de octubre de 2014, donde hizo este anuncio.
La limitación para el nombramiento del personal eventual será de aplicación a los nombramientos que se produzcan a partir de la entrada en vigor de dicha modificación (...)" Leer más ESTRELLA DIGITAL

1 comentario:

  1. Cualquier medida que luche contra el enchufismo y el clientelismo es bienvenida.

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