Tras un intercambio de correos electrónicos, el documentalista emprendió en la Red una campaña contra la periodista, a la que tildó de "corrupta", "enchufada" y "pirata". Según la juez, Balder actuó por “venganza y despecho por no ver valorado su trabajo por una prestigiosa periodista” debido a “que él tiene mucha menor presencia mediática y relevancia pública”.
La sentencia señala que Balder utilizó "no solo palabras y expresiones insultantes y denigrantes, sino que le atribuyen la comisión de delitos de manera completamente infundada con una evidente voluntad de hacer el mayor daño posible al honor, imagen y profesionalidad de su víctima, sobre todo conociendo que lo que se publica en Internet permanece de manera casi indestructible e imperecedera en la Red”.
A la hora de ponderar el derecho a la libertad de expresión y el derecho al honor, la juez es clara al afirmar que no parece que Balder haya hecho "un correcto uso de la libertad de expresión" y considera que en un momento como el actual, la vinculación de una persona con casos de corrupción tiene una repercusión mediática muy importante y un efecto sobre su persona demoledor. Sobre todo, precisa, en casos como este, en el que las acusaciones no se sustentan en datos, ni en ninguna investigación y ni siquiera existe una sospecha de ilegalidad. EL PAÍS
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Si no quieres publicar un comentario y simplemente lo que deseas es contactar con nosotros para comentarnos cualquier duda relacionada con temas legales, puedes hacerlo a través del siguiente correo electrónico: patriciagomezsantiago@gmail.com o a través de
https://www.elabogado.com/patricia-gomez-santiago/ Gracias.