viernes, 9 de septiembre de 2016

Sanción de 30.000 euros por insultar a Almudena Ariza La sentencia contra el documentalista Artur Balder sostiene que "la libertad de expresión no ampara el derecho al insulto"

Tras un intercambio de correos electrónicos, el documentalista emprendió en la Red una campaña contra la periodista, a la que tildó de "corrupta",  "enchufada" y "pirata".  Según la juez, Balder actuó por “venganza y despecho por no ver valorado su trabajo por una prestigiosa periodista” debido a “que él tiene mucha menor presencia mediática y relevancia pública”.
La sentencia señala que Balder utilizó "no solo palabras y expresiones insultantes y denigrantes, sino que le atribuyen la comisión de delitos de manera completamente infundada con una evidente voluntad de hacer el mayor daño posible al honor, imagen y profesionalidad de su víctima, sobre todo conociendo que lo que se publica en Internet permanece de manera casi indestructible e imperecedera en la Red”.
A la hora de ponderar el derecho a la libertad de expresión y el derecho al honor, la juez es clara al afirmar que no parece que Balder haya hecho "un correcto uso de la libertad de expresión" y considera que en un momento como el actual, la vinculación de una persona con casos de corrupción tiene una repercusión mediática muy importante y un efecto sobre su persona demoledor. Sobre todo, precisa, en casos como este, en el que las acusaciones no se sustentan en datos, ni en ninguna investigación y ni siquiera existe una sospecha de ilegalidad. EL PAÍS

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