El Tribunal Supremo ha anulado la absolución de los tres responsables de una asociación de distribución de cannabis con 2.300 socios que fue acordada por la Audiencia Provincial de Barcelona. Estima que supone un delito contra la salud pública por promocionar el consumo de drogas y no ser uno de los supuestos de consumo compartido que no es punible penalmente, según informa Europa Press.
Sin embargo, la Sala de lo Penal no dicta sentencia condenatoria al respecto, sino que ordena a la Audiencia Provincial de Barcelona, autora de la sentencia absolutoria, que dicte una nueva sentencia en la que resuelva determinadas alegaciones de la defensa que quedaron sin resolver en la primera resolución. INFOLIBRE
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