sábado, 11 de abril de 2015

AUTO JUZGADO DE 1a INSTANCIA No 52 DE BARCELONA: SANCIÓN POR MALA FE PROCESAL POR NO HABER INTENTADO LA MEDIACIÓN.


"El Juzgado de Primera Instancia núm. 52 de Barcelona, mediante auto de 26 de enero de 2015, impone a una compañía aseguradora un multa de 40,27 euros por mala fe procesal, concretada en un abuso del proceso, con base en el art. 11 de la LOPJ y el art. 247.3 de la LEC, por iniciar un juicio verbal reclamando la cantidad de 402,75 euros por el valor de vehículo de sustitución proporcionado al perjudicado tras un accidente de tráfico.
La juzgadora entiende que la compañía aseguradora tiene a su alcance otros métodos mucho menos costosos y rápidos como puede ser la mediación, cuyo uso ni siquiera intenta". Leer más en web ICAM

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